Capítulo 1. -OBJETIVOS Y FINALIDADES
Artículo 1°: En la búsqueda de un consenso entre todos los adores (docentes, autoridades, padres, personal no docente) el presente constituye el marco normativo resultado de la consulta y opinión de los participantes. Establece una serie de normas tendientes al respeto de valores consagrados en el presente código, para ello instituyen mecanismos internos en la institución con el objeto de regular las relaciones y crear espacios institucionales de participación.
Artículo 2°: Iniciativas tendientes al logro de los objetivos:
a) Convocar la participación activa de toda la comunidad educativa para el establecimiento de la convivencia en la institución.
b) Generar espacios de diálogo entre los docentes, alumnos y autoridades para mejorar la disciplina y el aprendizaje cotidiano de valores éticos y sociales.
c) Promover la permanente evaluación del Código de Convivencia a través de diferentes internos con el objeto de someterlos a diferentes cambios producidos a partir de la dinámica e interrelación entre los adores.
d) Estimular la responsabilidad y la actitud crítica de los adores dentro y fuera del establecimiento.
e) Reconstruir el espacio educativo como agente de socialización y enseñanza de valores éticos y sociales.
f) Fomentar un clima de trabajo adecuando enmarcado en la tolerancia, la solidaridad, y el respeto mutuo para el desarrollo de las actividades pedagógicas.
g) Crear mecanismos institucionales adecuados para la resolución de conflictos fuera y dentro del aula
h) Introducir en el ámbito escolar formas de mediación (creación de los roles de Profesores-Referentes, delegados y formación de un cuerpo de delegados, para el tratamiento de situaciones conflictivas.
Capítulo 2: -VALORES FUNDAMENTALES
Artículo 3°: las normas de convivencia en el presente Código tienen como fundamento los siguientes valores sociales o individuales:
1) Respeto a los pares, docentes y autoridades, así como a las disposiciones, normas y acuerdos institucionales vigentes.
2) Responsabilidad, en un marco de compromiso ético y social, como condición indispensable para el ejercicio de la libertad individual.
3) Honestidad para no involucrarse en actos que demuestren mala fe, falsedad, etc. Y todas aquellas acciones que impliquen no valorar la verdad como bien supremo a insustituible.
4) Solidaridad entendida en su sentido más amplio, fuera y dentro del ámbito institucional.
Capítulo 3: -EL PROFESOR REFERENTE: Objetivos y funciones
Artículo 4°: El presente Código enmarcado en un proyecto de Convivencia Escolar crea la figura del Profesor-Referente con el objeto de generar un espacio de diálogo y mediación entre los alumnos, docentes, padres, personal no docente y autoridades.
Artículo 5°: El Profesor-Referente será elegido por los directivos teniendo en cuenta en su elección a aquellos docentes afines a los grupos.
Artículo 6°: Son funciones del Profesor-Referente:
- Guiar, aconsejar y diagnosticar al grupo en la toma de decisiones.
- Resolución de conflictos sucedidos dentro y fuera del aula que impiden el proceso de aprendizaje grupal a individual.
- Conducción del grupo para lograr la convivencia y vivencia de los valores y normas consideradas en el Código.
- Superación de conflictos por actos de indisciplina considerados “menores” a partir de la resolución consensuada del problema entre los delegados y el grupo.
- Generar compromiso y responsabilidad en el grupo ante la falta generada por alguno de sus miembros.
- Conformar espacios de comunicación efectiva a través del diálogo y el respeto de opiniones.
- Hacer un seguimiento de aquellos casos particulares más graves acompañando al alumno ofreciéndole su “escucha” etc.
- Elaboración junto con el curso a cargo y seguimiento del Pacto de Convivencia anual.
- Llevar a cabo la elección de los Delegados de Curso.
Artículo 7°: De acuerdo a la dinámica del grupo, el Profesor-Referente deberá tomar todas aquellas directivas y propuestas que crea necesaria para impulsar una convivencia armónica y un desarrollo eficaz de la tarea de enseñanza Artículo.
Artículo 8°: El profesor-Referente puede ser removido de sus funciones por las autoridades en caso de incumplimiento de sus deberes.
Capítulo 4: -EL DELEGADO DE CURSO
Artículo 9°: El presente código, enmarcado en el Proyecto de Convivencia Escolar instituye la figura de los delegados de curso cuya tarea principal es servir entre el grupo y el profesor-Referente / autoridad a partir de las situaciones problemáticas generadas en los distintos grupos áulicos.
Artículo 10°: por curso se elegirá dos delegados (un titular y un suplente) por medio de elección democrática de sus compañeros.
Artículo 11°: Los delegados pueden ser removidos de sus funciones en caso de incumplimiento de las mismas, ya sea ´pr determinación del Profesor-Referente o bien, por decisión grupal. En estos casos deberá elegirse nuevamente.
Artículo 12°: Las cualidades que deben reunir un alumno para ser elegido como delegado y que fuera consensuado con todo el alumnado durante la formación del presente Acuerdo son:
- Solidaridad y compañerismo. Como delegado, tendrá que anteponer los intereses del grupo a los propios.
- Responsabilidad y honradez. Tendrá que merecer la confianza de sus compañeros y demostrar que es capaz de cumplir con sus compromisos.
- Dinamismo y capacidad de iniciativa. Habrá de ser capaz de proponer ideas para mejorar la vida del grupo y de llevarlas adelante.
- Firmeza en la defensa de los intereses del grupo. La firmeza para defender los intereses y acuerdos del grupo, sin dejarse intimidar, tiene que ser compatible con el respeto debido a todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Artículo 13°: Son funciones de los delegados escolares:
- Ser portavoz de las inquietudes y losm problemas del grupo ante los profesores y las autoridades.
- Hacer llegar a los profesores las opiniones, sugerencias y decisiones del grupo.
- Coordinarse con los demás delegados y asistir a las reuniones que se celebren para organizar actividades o discutir problemas conjuntamente.
- Mantener un contacto permanente de comunicación con los compañeros, profesores y autoridades.
- Informar siempre a sus compañeros de lo que se trata y se decide en las reuniones a las que se asiste, asi como de las otras cuestiones que el grupo deba conocer.
- Luchar para que los alumnos vean respetados sus derechos.
- Atención de las situaciones conflictivas en el grupo (que a veces no son prohibidas por profesores y autoridades) y remisión al Profesor-Referente con el objeto de buscar una vía de diálogo y resolución consensuada.
- Difundir y promover en el grupo las normas y valores propuestos en el Código de Convivencia escolar.
- Fomentar la tolerancia y respeto de las opiniones de sus compañeros.
- Ayudar al Profesor-Referente en la tarea de unión y cohesión del grupo en su totalidad, ejerciendo un liderazgo positivo.
Artículo 14°: Los derechos de los delegados son:
- Derecho a recibir información.
- Derecho a utilizar (sin que ello interfiera en sus obligaciones académicas) el tiempo necesario para el desarrollo de sus funciones.
- Derecho a descargar parte de sus tareas en el Delegado Suplente siempre que haya acuerdo sobre ello.
- Derecho a dimitir por razones justificadas.
Capítulo 5: -DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ACTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
Artículo 15°: Los fundamentos y principios del presente Código alcanzan a todos los miembros de la comunidad educativa, sin distinción de roles, status o posición social. Los adores deben el respeto y compromiso ante los siguientes derechos y es:
- Derechos compartidos:
a) Participar activamente en la elaboración de nuevas normas tendientes a dinamizar el espíritu del presente Código como resultado de las distintas relaciones generadas cotidianamente en el ámbito escolar.
b) Expresar libremente sus opiniones y sensaciones dentro de un marco de respeto y convivencia hacia le otro. C) Recibir información sobre la marcha grupal del proceso de aprendizaje y funcionamiento del proyecto de Convivencia Escolar instaurado por la Institución.
d) Ser respetados en su libertad de conciencia, así como también, en sus convicciones religiosas y morales.
e) Ser respetados en cada una de las actividades desarrolladas en el ámbito escolar.
- Obligaciones compartidas:
a) Respetar los valores y normas consagradas en el presente Código.
b) Ejercer con responsabilidad y actitud reflexiva los derechos compartidos por todos los adores de la comunidad educativa.
c) Contribuir a la generación de espacios de diálogo y participación para mejorar la convivencia educativa y social.
d) Respetar la integridad, dignidad y derechos humanos de todos los miembros de la comunidad educativa y social.
e) Cumplir con los horarios de entrada y de salida de la institución y respetar los materiales de trabajo y estudio personales e institucionales.
f) Respetar los espacios de participación institucionales como el cuerpo de Delegados, actividades deportivas y sociales, actos patrios y reuniones docentes, autoridades y padres.
g) Cumplir con las obligaciones y tareas relacionadas a las distintas funciones y roles ejercidos en la institución.
h) Contribuir activamente a la mejora de la tolerancia y convivencia dentro de la institución escolar.
- Derechos de los Padres
a) A recibir información permanente sobre la situación escolar de sus hijos.
b) A recibir toda documentación pertinente que solicite en el tiempo y forma correspondiente.
c) A abogar por el cumplimiento de los lineamientos escolares emanados del código de convivencia.
d) A concurrir al establecimiento a consultar y comunicar todo asunto de interés institucional relacionado con su hijo.
e) A exigir la presentación del servicio educativo dentro del marco garantizado por la institución.
f) A retirar a su hijo del establecimiento, dentro del horario escolar, cuando lo crea necesario y en cumplimiento con la normativa institiucional establecidas para tal fin.
g) A peticionar siguiendo las vías jerarquicas escolares.
- Obligaciones de los padres:
Los padres , tutores o encargados ejercen la representación del alumno ante el Colegio; en consecuencia acuerdan:
a) Adherir a las disposiciones reglamentadas emanadas del acuerdo de convivencia y a los lineamientos impartidos por dirección sobre el alumnado.
b) Cumplir con los requerimientos administrativos en tiempo y forma.
c) Notificarse de toda comunicación relacionada con el alumno que le sea enviada por el Establecimiento.
d) Asumir las responsabilidades emergentes de la patria potestad por los eventos dañosos causados por sus hijos.
e) Conformar toda solicitud del alumno, siguiendo las pautas Reglamentadas vigentes.
f) Acudir al Establecimiento cuando sea citado, o cuando desee realizar consultas sobre asuntos relacionados con la conducta o aplicación del alumno respetando horarios, sin interrupción de clases.
g) Devolver en término la documentación que se le remita. La no devolución en tiempo impedirá la admisión del alumno en clase.
h) Notificarse de las visitas de estudio y actividades co-programáticas por intermedio del cuaderno de comunicaciones.
i) No podrá retirar al alumno durante las horas de clase, solo en casos de fuerza mayor. Estos serán entregados a los padres, tutores o encargados. En tales casos, deberá hacerse presente la persona cuya firma se encuentre registrada en el establecimiento.
j) Acompañar al Establecimiento en el proceso de enseñanza-aprendizaje, comprometiéndose con el ideario institucional.
- Derechos de los alumnos
a) A recibir una educación que favorezca el desarrollo de su personalidad y sentido de su propia dignidad y la de los otros, basada en el respeto a los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
b) A participar de una comunidad escolar cuyos intereses deben prevalecer siempre sobre los de carácter individual.
c) A recibir una enseñanza humanística, científica, estética y física que le permita lograr el máximo desarrollo de sus potencialidades.
d) A participar en actividades que alcancen su sentido de cooperación y solidaridad.
e) A desarrollar su sentido ético de la cultura, la ciencia y el arte a partir de la reflexión crítica.
f) A ejercer actividades que promuevan la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o creencia respetando la de los otros.
g) A participar en un proceso de enseñanza-aprendizaje a partir de un diagnóstico adecuado en el que se valora el resultado de su esfuerzo y dedicación personal.
h) A recibir propuestas de actividades recuperatorias en caso que el profesor lo crea o considere necesario, basadas en un compromiso de esfuerzo recíproco.
i) A encontrar diariamente todas las dependencias del colegio limpias, prolijas y provistas del material recibido.
j) A recibir el beneficio del use del material del didáctico: mapas, diccionarios, textos, bibliografía de consulta, instrumental de laboratorio, elementos para práctica deportiva, etc.
k) A participar en las actividades extra-claws como visitas a instituciones, espectáculos, exposiciones, campamentos, etc.
l) A participar en diversos centros de interés: artísticos, científicos, de comunicación social, etc.
m) A ejercitar su libertad de expresión a través de carteleras, periódicos escolares bajo la responsabilidad de las autoridades del establecimiento.
n) A elegir y/o ser elegido delegado del curso para garantizar la comunicación entre las autoridades del establecimiento y los alumnos.
ñ) A elegir y/o ser elegido delegado del curso para garantizar la comunicación entre las autoridades del establecimiento y los alumnos.
o) A celebrar acuerdos de convivencia con todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
-Derechos de los docentes
a) A abogar por el cumplimiento de los lineamientos escolares emanados del código de convivencia.
b) A peticionar siguiendo las vías jerárquicas escolares.
c) A recibir asesoramiento a información con relación a temáticas de índole pedagógico-didáctico.
d) A proponer actividades y proyectos que tiendan a mejorar la calidad del servicio educativo así como aquellas que respondan a necesidades y/o intereses de la comunidad educativa en general.
e) A recibir toda información y/o documentación pertinente que sea solicitada, en el tiempo y forma correspondiente.
-Obligaciones del personal docente
a) Impartir una educación que favorezca el desarrollo de la personalidad y el sentido de su propia dignidad y de los otros, basada en el respeto a los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
b) Participar de una comunidad escolar cuyos intereses deben prevalecer siempre sobre los de carácter individual.
c) Brindar una enseñanza humanística, científica estética y física que te permita lograr el máximo de sus posibilidades personales.
d) Generar actividades que afiancen en los alumnos el sentido de solidaridad y cooperación.
e) Propiciar el desarrollo del sentido ético de la cultura, la ciencia, el arte a partir de la reflexión crítica.
f) Implementar actividades que promuevan la libertad de pensamiento.
g) Participar de un proceso de enseñanza-aprendizaje a partir de un diagnóstico adecuado en el que se valore el resultado del esfuerzo y dedicación personal del alumno.
h) Preparar conscientemente los materiales, lecciones y o actividades que propondrán a su grupo.
I) Fomentar la participación de sus alumnos en diversos centros de interés artísticos, científicos, de comunicación social, etc.
j) Fomentar la creación de centros de expresión a través de carteleras, periódicos escolares bajo la responsabilidad de las autoridades del establecimiento.
Capítulo VI: -ACTOS DE INDISCIPLINA DE LOS ALUMNOS Y NORMAS DE APLICACIÓN
Artículo 16º: Por cuestiones de aplicación normativa, los actos de indisciplina efectuados por los alumnos serán divididos en dos grandes grupos, los considerados menores y graves.
Artículo 17º: Serán considerados actos de indisciplina menores los siguientes:
a) No cuidar debidamente el material propio, del establecimiento, de sus pares y profesores.
b) No cuidar la limpieza de los bancos y el resto de los materiales presentes en el aula.
c) No presentar boletines, documentación y cuademos de comunicaciones en términos establecidos.
d) No usar el uniforme completo con el distintivo correspondiente.
e) Descuidar el arreglo y limpieza en su indumentaria escolar y personal dentro y fuera del establecimiento.
f) No guardar la debida compostura en los actos escolares.
g) Tirar papeles, latas, saliva a otros objetos en el suelo del aula o del resto de la Institución.
h) Utilizar vocabulario indebido.
í) Fumar cigarrillos dentro del ámbito escolar o fuera con el uniforme escolar.
j) Dejar de cumplir con los horarios estipulados por la Institución de entrada y de salida (salvo autorización expresa de las autoridades)
k) Comer en clase (salvo expresa autorización de las autoridades).
l) Concurrir al baño fuera del horario de recreos (salvo expresa autorización de los docentes o autoridades)
m) Salir del aula sin autorización expresa del docente o autoridad.
n) No respetar consignas del docente o autoridades dentro y fuera del aula.
ñ) Entrar en dependencias distintas de las que cada uno tiene asignadas.
o) Llevar al Establecimiento elementos que no tengan relación con sus estudios.
p) Exhibir insignias o emblemas que no sean la insignia patria o el distintivo de la escuela.
q) Presentarse con maquillaje (mujeres), cabello largo y aros(varones), pulseras o elementos similares (aros en nariz, pómulos, cejas, etc). No conservar un largo adecuado en la pollera.
r) Asentar leyendas, carteles, dibujos, etc, en las paredes, pizarrones o útiles escolares.
s) Tomar el momento de ingreso o egreso de la escuela como ocasión para encontrarse con personas ajenas a la institución.
Artículo 18º: Los directivos están en condiciones de incluir de acuerdo a criterios de defensa de la convivencia, la inclusión de otros actos de indisciplina menores que el actual articulo 17 del Código de Convivencia lnstitucional no contemple en su enumeración.
Artículo 19º: Estos actos si bien son específicos al rol alumnos, los demás adores no quedan exentos de su cumplimiento y presentan un carácter recíproco.
Artículo 20º: Para la resolución de conflictos menores sucedidos dentro y fuera del aula, el Código habilita el accionar de los directivos para instituir la sanción reparadora y educativa que considere necesaria y que no está contemplada en el presente sistema normativo.
Artículo 21º: Se consideran varias vías para la resolución de los actos de indisciplina menores, a saber:
Utilización de sanciones comprendidas en el sistema de disciplina utilizado en la Institución y expresados en el presente Código, seleccionando aquellas sanciones que correspondan a un acto de indisciplina menor.
Resolución consensuada del conflicto entre el profesor-referente, el delegado, el alumno y/o los portavoces grupales y el grupo según el tipo de conflicto de que se irate y/o a quien involucre.
Artículo 22º: El carácter de las sanciones debe ser estrictamente educativo y reparatorio del acto de indisciplina producido.
Debe tender a la formación y al cambio de conductas negativas. Debe evitar " la sanción por la sanción misma".
El carácter de las sanciones puede ser:
-Reparación en forma consensuada (entre el profesor-referente y el grupo) del daño ocasionado.
- Realización de actividades escolares en relación al acto cometido.
-Conformación de trabajos especiales destinados por los docentes o autoridades, relacionados con el ado de indisciplina ocasionado.
-Realización de tareas de carácter comunitarios ordenados por las autoridades, docentes, profesor-consejero o por el grupo áulico.
-Sanciones relacionadas con el viejo sistema de disciplina como régimen de amonestaciones, Ilamados de atención escritos, etc
-Las faltas cometidas por los alumnos serán notificadas a sus padres mediante el cuaderno de comunicaciones y a través de encuentros celebrados entre la familia y la Institución.
Artículo 23º: Las sanciones reparadoras y educativas alcanzarán a las conductas o acciones contrarias a los fundamentos y
valores de convivencia producidas en el seno de la Institución o fuera de la misma, durante actividades vinculadas con la
vida cotidiana de la comunidad educativa.
Artículo 24º: Se consideran actos de indisciplina graves, los siguientes:
- No respetar a sus superiores y a sus pares, dentro y fuera del establecimiento.
- No guardar el debido respeto a los símbolos patrios.
- Realizar actos de indisciplina individuales y/o colectivos.
- Causar deterioros intencionales en materiales, bienes del establecimiento o pertenecientes al personal del mismo.
- Eludir clases o retirarse sin la autorización correspondiente.
- Existencia de actos de discriminación graves que atenten a los principios defendidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
- No respetar consignas menores en forma reiterada y consuetudinariamente.
- Intimidación o amenazas físicas o verbales que atenten la integridad y dignidad de las personas.
- Robo o hurto de materiales de trabajo, de estudio escolar (personal o institucional), ese.
- Existencia cierta a inmediata de un daño grave a la salud física o psíquica de cualquier integrante de la comunidad educativa.
- Violaciones a la integridad o dignidad de las personas (ya sea física o verbalmente).
- Portación y uso de drogas, armas o alcohol.
- Venta de drogas dentro y fuera del ámbito escolar.
- Agresiones físicas graves o reiteradas hacia los demás adores de la comunidad educativa.
- Actos de indisciplina menores y reiterados que no pudieron ser solucionados por los mecanismos de mediación y consenso generados en las propias dinámicas grupales.
Artículo 25º: Los directivos están en condiciones de incluir de acuerdo a criterios de defensa de la convivencia otros actos de
indisciplina graves que el actual artículo 24 del Código de Convivencia Escolar no contemple en su enumeración.
Artículo 26º: Estos actos si bien son específicos al rol alumnos, los demás actores no quedan exentos de su cumplimento y
presentan un carácter recíproco.
Artículo 27º: Los actos de indisciplina merecerán la aplicación del siguiente sistema de sanciones según corresponda a su
gravedad:
a) Compromiso verbal.
b) Advertencia escrita.
c) Parte de amonestaciones.
á) Acta de compromiso entre Alumno, Padre y Escuela.
e) Suspensión (hasta un máximo de 5 días).
f) Separación temporal del Instituto.
g) Expulsión.
Artículo 28º: El alumno que supere las 25 (veinticinco) amonestaciones perderá su condición de alumno regular, quedando
sujeto a la normativa vigente para alumnos en condición de no regulares.
Artículo 29°: La familia del alumno deberá solventar los gastos provenientes de roturas o deterioros causados intencionalmente en paredes, bancos o materiales de enseñanza. El cumplimiento de to precedentemente establecido no excluye las medidas disciplinarias a que hubiere lugar.
Artículo 30º: En cualquiera de los casos considerados graves contemplados o no por el presente Código, los directivos en forma consensuada con otros adores institucionales pueden solicitar la ayuda del psicopedagogo institucional para contención y apoyo de las problemáticas.
Artículo 31º: Debido a la gravedad de los casos se propone la instauración rápida de la sanción por decisión consensuada de los directivos y el cuerpo docente de la institución.
Artículo 32º: La institución podrá establecer todas las sanciones alternativas que considere necesarias ya sea para la resolución de conflictos menores o graves. Y podrá crear todos los mecanismos que considere adecuados para el abordaje y tratamiento de los conflictos en el seno del ámbito escolar.
Artículo 33º: Los directivos adoptarán las medidas preventivas necesarias para impedir hechos contrarios a las normas de convivencia escolar. Con este fin se propone el desarrollo de la comunicación permanente con todos los adores de la Institución, incluyendo a los padres y tutores.
Artículo 34º: En las inmediaciones del establecimiento o vistiendo el uniforme del mismo, los alumnos deberán observar las mismas normas de disciplina y conducta establecidos en el Acuerdo de Convivencia Institucional.
Artículo 35º: El presente Código debe ser considerado una herramienta tendiente a mejorar la convivencia en la institución y reemplazar gradualmente el viejo sistema tradicional de disciplina con el fin de democratizar las relaciones surgidas dentro y fuera del aula.
Artículo 36º: Los directivos deben crear todos los mecanismos que consideren adecuados para poner en conocimiento de todos los adores de la comunidad educativa, los valores y normas consagrados en el Código de Convivencia Escolar